Medidas de etiquetado y recomendaciones sobre los riesgos asociados al consumo de bebidas energéticas
El Ministerio de Consumo, ante el Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) aprobado en 2021, ha anunciado un conjunto de medidas de etiquetado y recomendaciones sobre los riesgos asociados al consumo de bebidas energéticas:
- En el etiquetado de esas bebidas hay que informar del contenido de cafeína y se expresa en miligramos por 100 mililitros (mg/100 ml). Las bebidas con alto contenido en cafeína son aquellas con más de 15 mg/100 ml.
- El Reglamento (UE) 1169/2011 obliga a incluir el etiquetado «Contenido elevado de cafeína: No recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en período de lactancia»
- “Las bebidas energéticas con azúcares” pueden contribuir a exceder la ingesta diaria recomendada de azúcares simples.
- Un consumo excesivo de cafeína puede provocar la alteración del sueño, efectos psicológicos y alteración del comportamiento, así como trastornos cardiovasculares
- Un consumo regular de cafeína puede causar dependencia física moderada y tolerancia.
- No deben combinarse bebidas energéticas con bebidas alcohólicas.
- Ten en cuenta que las bebidas energéticas no son bebidas diseñadas para la rehidratación.
- Las altas concentraciones de cafeína son especialmente perjudiciales para personas con hipertensión o alteraciones del sueño.
- Los efectos adversos generales que podría ejercer la cafeína y otros ingredientes presentes en las bebidas energéticas dependen de nuestra masa corporal.
Para más información os facilitamos el enlace a los trabajos de la AESAN
https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/noticias_y_actualizaciones/noticias/2022/recomendaciones_bebidas_energeticas.htm