Senósidos A y B
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El uso de este tipo de laxantes, dependiendo de la especialidad elegida, tiene su autorización a partir de los 6 años (A), aunque por debajo de los 12 años siempre deben emplearse con precaución, para el tratamiento de:
•Estreñimiento pertinaz (a pesar de emplear otro tipo de laxantes).
•Evacuación intestinal previa a estudios radiológicos, endoscopia y cirugía.
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Comité de Medicamentos de la Asociación Española de Pediatría. Pediamécum. Edición 2015. ISSN 2531-2464. . Disponible en: https://www.aeped.es/comite-medicamentos/pediamecum/senosidos-y-b. Consultado el 21/12/2024.
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